LEGISLACION Y NORMATIVAS COMO
FACTORES DETERMINANTES DE
LA CALIDAD DEL SOFTWARE
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Referencias  |
- Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre,
- de Regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos de carácter personal
- (BOE, núm.262, de 31 de octubre de 1992)
|
LORTAD  |
- Ley 16/1993, de 23 de diciembre, de incorporación al
Derecho español de la Directiva 91/250/CEE, de 14 de mayo de 1991, sobre la protección
jurídica de programas de ordenador
- (BOE, núm.307, de 24 de diciembre de 1993)
|
- Ley Protección Jurídica de Programas

- de Ordenador
|
| Efecto 2000 (Por el Ministerio de
Administraciones Públicas y el Instituto Nacional de Consumo) |
- http://www.map.es/a2000
- http://www.consumo-inc.es/e2000
- http://www.sopde.es/cajon/efecto2000/
|
| Enviar un mensaje de texto "Grátis" a un
Móvil desde Internet |
- http://www.navegalia.com/
(Si es AIRTEL..Envío de SMS)
- http://www.tsm.es/ (Si es
MOVISTAR)
- http://www.cyantec.com/
(Cualquier servicio..GSM...)
|
| Enviar un e-mail desde un móvil AIRTEL |
- 1.- Entrar en la opción: ENVIAR MENSAJES
- 2.- Al escribir el texto del mensaje escribir:
- 2.1. La dirección e-mail destino:
- Ej. igil@omp.upv.es
- 2.2. Entre almohadillas el titulo del mensaje:
- Ej. #Mensaje de prueba#
- 2.3. Al cerrar la almohadilla del titulo del mensaje escribir el Texto del
mensaje:
- Ej. Esto es una prueba para ver que tal funciona el envío de
un e-mail desde el movil:
- 2.4. Al terminar el cuerpo del texto, enviar el mensaje al número de teléfono
777
-
- Todo junto quedaría de la siguiente manera:
- igil@omp.upv.es#mensaje
de prueba#Esto es una prueba para ver que tal funciona el envío de un e-mail desde el
móvil.
- El destinatario recibiría el mensaje con el número de teléfono
del emisor como identificador de usuario de e-mail:
- Ej. 610.12.34.56@airtel.net, etc....
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| El Euro |
Euro.pdf  |
| Internet en la Educación |
Internet.pdf  |
| Tutorial de Java |
Java.pdf  |
| Aspectos de los Sistemas Informáticos |
Adsi.pdf  |
| Mini-Diccionario Informático |
Diccionario.pdf
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- PASOS A SEGUIR PARA REGISTRAR UN DOMINIO
- Si deseamos disponer de un dominio de primer nivel (.es o
.com) los trámites para el registro del dominio son:
- 1.- Registrar el nombre del dominio: si esta
desarrollando la página Web pero desea evitar que alguien se le adelante a registrar su
nombre PUEDE EVITARLO con la opción de "Reserva de dominios" que ofrecen muchas
empresas, como por ejemplo, RapidSite:
- http://www.rapidsite.es
- La cual le reservará su dominio por 2 años por (aprox.)
6.500 ptas. más las tasas de registro del dominio de Internic.
- 2.- Normas para el nombre del dominio:
- - Los unicos caracteres validos son las letras del
alfabeto ingles (no la Ñ, ni acentos).
- - No existe distinción entre mayúsculas y minúsculas.
- - No puede contener putos u otros caracteres especiales
(por ejemplo &, _ , ...) pero sí un guión.
- - El primer y/o último carácter del dominio no puede
ser el guión.
- - La longitud mínima admitida para un dominio de segundo
nivel bajo (.es) es de tres caracteres (se recomienda 5)
- - La longitud máxima recomendada es de menor o igual a
24 caracteres. (Ej. www.puntocom.com)
- 3.- Comprobación de si ya existe nuestro dominio en
Internet: (a través de un formulario en las propias organizaciones registradoras
ES-NIC o INTERNIC).
- En las siguientes direcciones podrá comprobar si su
nombre de dominio ya existe de forma gratuita:
-
- Interdomain: http://www.interdomain.org
- ClassicWeb: http://www.dominios.net
- RedesTB.Net: http://www.redestb.net
- Internic: http://www.internic.net
(hay que escribir en el campo de formulario WHOIS y el nombre de dominio deseado).
-
- 4.- Registrar el nombre en los organismos destinados
al efecto (ES-NIC e INTERNIC).
-
- 5.- Contratar la implantación o el mantenimiento del
servicio DNS o hosting en un servidor: de modo que el dominio pueda aplicarse tanto al
correo electronico como al servicio web. (aprox. desde 4.000 a 8.000 pts/mes)
- * Otra alternativa más económica se llama "Dominio
redirigido" y consiste en una entidad creada mediante un determinado programa tal que
cada vez que alguien solicita las páginas web de un dominio determinado, se redirige la
solicitud a otra dirección web distinga (Idem. para mensajes e-mail). (Su coste es de
aprox.500 pts/mes)
-
- Ej. Si Vd. tiene la siguiente direccion contratada:
- 1.- http://www.servidor.es/su-nombre
- pero ha conseguido el siguiente dominio:
- 2.- http://www.su-nombre.com
- Cada vez que alguien ponga su segunda direción:
(.com) se le redirigirá a la primera de las 2.
- (Ver: http://www.arsys.net)
- http://www.internic.com
- http://www.corenic.org
-
-
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- Requisitos para poder registrar un dominio (.es):
- (Según ES-NIC)
- (Precio aprox. Alta: 12.000 pts. y 8.000 pts./Año por mantenimiento, IVA -16%-
incluido).
- Sólo podrán registrar un nombre de dominio de DNS de segundo nivel bajo (.es),
organizaciones legalmente establecidas en España, entendiendo como tal toda persona
jurídica de derecho público o privado debidamente constituida de acuerdo con el marco
normativo que las regule.
- Estas son:
- - Las Administraciones Públicas, tanto la Administración Estatal como las
Administraciones Autonómicas y las Entidades Locales.
- - Los Organismos Autónomos.
- - Los Colegios Profesionales.
- - Las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación.
- - Los Partidos Políticas.
- - Los Sindicatos.
- - Las Asociaciones inscritas en el Registro de Asociaciones competente.
- - Las Fundaciones. Las Universidades. Las Iglesias, Confesiones y Comunidades Religiosas
siempre y cuando aparezcan debidamente inscritas en el Registro de Entidades Religiosas
del Ministerio de Justicia.
- - Las sociedades mercantiles inscritas en el Registro Mercantil.
- - Las Sociedades Civiles y las Comunidades de Bienes que operen de forma habitual como
entidades económicas y que puedan acreditar su existencia mediante escritura
pública de constitución.
- - Y cualesquiera otras que acrediten reunir los requisitos establecidos en la norma
anterior.
- No podrán registrar dominios de DNS de segundo nivel bajo (.es):
- - Las personas físicas (particulares, trabajadores, autónomos,..)
-
- DOMINIOS GENERICOS
- (.com, .org, .net, etc...)
- Tarifas:
- - Alta: 70 $ (USA) válido para los 2 primeros años.
- - Mantenimiento anual: 35 $ (USA).
- Cualquier individuo o entidad puede registrar un dominio genérico. No hace falta ser
una organización legalmente establecida y el proceso de registro puede durar unas 72
horas.
Tipos:
- .arts - entidades dedicadas al arte
- .com - Comerciales
- .edu - instituciones educativas
- .firm - entidades dedicadas a negocios y ofertas
- .gov - agencias gubernamentales
- .info - Proveedores de servicios de información
- .int - orgs. internacionales por tratados, bases de datos...
- .net - proveedores de redes.
- .nom - personas naturales
- .mil - organizaciones militares
- .org - organizaciones sin ánimo de lucro
- .rec - entidades dedicadas a la recreación y entretenimiento
- .store - entidades que ofrecen artículos para la venta
- .web - proveedores de Web.
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