Sea esta la regla de nuestra vida: decir lo que sentimos, sentir lo que decimos. En suma, que la palabra vaya de acuerdo con los hechos.
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La verdadera delincuencia

 
Juan V. Oltra
 

Reflexiones sobre el endurecimiento de penas contra la "`piratería" en el Código Penal.

La reforma de nuestro Código Penal ha llenado páginas de periódicos y minutos de televisión con una abundancia que para sí la quisieran algunos de los famosos de poca monta que alimentan a muchos periodistas del hígado.

De entre todos los cambios, todos los cuales podrían dar pie a líneas infinitas, hay uno que más que picor me da sarpullido: los supuestos (que de esto también habría mucho que hablar) endurecimientos de penas por delito de reproducción de algunos contenidos que se pueden descargar desde Internet.

Desde la buena fe, se supone que las leyes se hacen para la sociedad... y no para la industria. Esa es la sensación que nos da la información y publicidad de los cambios. Cambios dados a la imprenta por un gobierno que no hace mucho se estrellaba con el asunto del IVA de los libros "para acercar la cultura al ciudadano". Estaban interesadísimos en ello, vaya.

Aun no estamos a la altura del gobierno de EE.UU., donde la American Society of Composers, Authors ans Publishers reclama a la organización Girls Scouts pidiéndole dinero por las canciones de los juegos de campamento, pero poco nos falta para ver eso, quizá tengamos que pensarnos lo que silbamos si hay delante un inspector de la SGAE, quien sabe. El punto de vista del legislador parece en extremo simple: todos los internautas son bien piratas o bien bucaneros, por lo que parece que el paso elemental es que internet debe ser, indudablemente, censurada.

Ya dentro de la red, parece reinar el desconcierto: se ha dicho por activa y por pasiva que se prohibe la copia privada o que intercambiar canciones mediante aplicaciones P2P será motivo de prisión. No tan solo eso: también se castiga la creación, puesta en circulación y tenencia de herramientas para llevarlo a cabo. Además, en estos casos, la policía actuaría sin denuncia previa.

Así pues, el nuevo Código Penal, en particular su artículo 270, deja fuera de la ley todos los mecanismos para saltarse las protecciones anticopia de programas, CD, DVD, etc.... dejando por tanto imposibilitados a los usuarios para hacerse sus copias de seguridad o sus copias para uso privado, derecho que les da la ley de propiedad intelectual. Esto es: tenemos permiso para hacer la copia, pero si empleamos la herramienta que nos posibilita hacerla, ¡hala!, a pintar palotes en las paredes de algún oscuro calabozo. No es baladí, pues los fabricantes de dvd están encantados con que las copias sean poco menos que imposibles de hacer. Yo me reconozco culpable de haber copiado todos los dvd originales de Disney que poseo, después de que mi hijo estropease dos copias seguidas de Fantasía. Ahora, solo le dejo trastear con las copias y los discos originales los guardo a buen recaudo (es decir: estanterías a más de 1,5 metros del suelo). Quizá por decir esto en un par de días se pueble mi ordenador de programas espía y llamen a mi puerta un par de señores de negro, quien sabe. Les prometo mantenerles informados al respecto, si es que el primer presidente no gubernamental de la historia no impide también la libertad de expresión en este país, antes llamado España.

Incluso hay quien llega a asegurar que se prohibe a los investigadores en seguridad informática dar a conocer sus descubrimientos o, simplemente, crear una web con enlaces hacia sitios donde se ofrezca información sobre estos temas. Algo que es rizar el rizo, pues si bien puede ser delito informar (discutible) no puede serlo el informar sobre quién tiene la información.

Paradójicos castigos que se otean, por otra parte: si descargamos una canción por internet podemos ir a la carcel... pero si robamos el disco que contiene esa canción en unos grandes almacenes es una falta, mientras el importe del disco no llegue a los 300 euros (algo difícil si no nos llevamos las obras completas de Bach)

Aviso a navegantes: nadie defiende aquí la piratería de verdad, que es algo verdaderamente perseguible... pero que no se me compare a esas grandes mafias que explotan a inmigrantes ilegales enriqueciéndose con el producto del top manta, al mero intercambio de ficheros, asimilable al clásico préstamo de libros o discos, algo no solo sobradamente arraigado en nuestra cultura sino que, hasta no se me demuestre lo contrario, considero perfectamente legal. Es más: no creo que globalmente descargar una canción sea algo exclusivamente negativo, ya que ayuda a popularizar canciones, libros, que pueden ver así incrementadas sus cifras de venta. Un probar antes de comprar, vamos, que pasa por romper la falacia de que lo que se baja gratis sin duda se habría comprado y, por tanto, se ahorra. Afortunadamente, parece que el nuevo Código Penal no ha hecho mella en la conducta de los usuarios, que siguen empleando sus equipos "con normalidad", como recuerda la Asociación de Internautas.

De todas formas, cuidado... quizá esta política de excarcelar a violadores peligrosos tenga oculta la intención de dejar sitio libre en nuestras supersaturadas cárceles para dejar paso a los verdaderos delincuentes del siglo XXI: los internautas. Tenga en cuenta el legislador que puede generar un efecto perverso: dado que nuestras cárceles están saturadas de integristas islámicos que adocenan a los presos, podemos estar formando de rebote un ejercito de hackers a las ordenes del mismísimo Bin Laden. Cuidado, ministros, luego no digan que no se lo avisé.







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