WORKSHOP PROCEEDINGS
Tourism & creative industry . Valencia, July, 11&12th, 2013
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6. AA.VV. Carta Europea del Patrimonio
Arquitectónico. In: Comité de Monumentos y
Sitios (septiembre: 1975).
7. AA.VV. Carta de Cracovia. Principios para
la Conservación y Restauración de Patrimonio
Construido. In: Conferencia Internacional sobre
Conservación (octubre: 2000: Cracovia).
8. Ley Nº 16 del Patrimonio Histórico Español.
Boletín Oficial del Estado, España, 29 de junio
de 1985.
9. Azkarate, A., Ruiz de Ael, M., Santana, A.,
El patrimonio arquitectónico. In: Plan Vasco de
Cultura (2003). Servicio Central de Publicaciones
del Gobierno Vasco. 2004. p. 7.
las alturas de los edificios y se destruyen arbitrariamente numerosos ejemplos de
arquitectura de las décadas anteriores.
El resultado de todo esto fue un paisaje urbano totalmente desolador donde la
arquitectura de primeros de siglo aparece completamente descontextualizada.
Esto se ha traducido en la desvalorización de esta arquitectura, de la historia y
de la identidad cultural de la ciudad.
Patrimonio Arquitectónico conservado.
A pesar de todo el patrimonio que ha desaparecido, todavía hoy son numerosos
los ejemplos que conservamos de esta arquitectura racionalista, modernista
y ecléctica. Estos edificios se distribuyen a lo largo de los principales ejes de
crecimiento de la ciudad: Paseo Pedro Simón Abril; Plaza de Gabriel Lodares;
calle Tesifonte Gallego; calle Marqués de Molins; Paseo de la Libertad; Calle
Mayor; Plaza del Altozano; calle Martínez Villena; calle San Antonio; calle San
Julián y calle de la Feria; y son el fiel reflejo de lo que fue Albacete en otro
tiempo, encierran numerosas historias y vivencias y es ahí, en ser testimonio de
una cultura y de una comunidad determinada, donde reside la importancia de
su conservación.
Para garantizar la salvaguarda del patrimonio arquitectónico se han redactado a
lo largo del siglo XX numerosas Cartas y Convenios, entre ellas, la Carta Europea
del Patrimonio Arquitectónico de 1975
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o la Carta de Craco via de 2000
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.
De todos estos documentos se extrae, que apuestan por el conocimiento de
las obras antes de ser intervenidas, por el desarrollo y la preservación de las
ciudades y por unos tratamientos adecuados a cada contexto cultural, poniendo
de manifiesto la importancia de la memoria cultural y la identidad colectiva
como método de preservación de los bienes.
Además de estas medidas internacionales, cada Comunidad cuenta con
una Legislación propia, y también contamos con una legislación estatal
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(Ley
16/1985, de 25 de junio), que debemos calificar de incompleta, inconcreta y
deficiente
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