Página 85 - TOURISM & CREATIVE INDUSTRY - Workshop proceedings

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TOURISM&CREATIVE INDUSTRY WORKSHOP
Sustainable tourism, cultural tourism, creative tourism, culinary tourism, heritage & tourism
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las Ordenanzas y los gastos del Guarda o Alguacil corren a cargo
del condenado. A ello se une la indemnización de daños y perjuicios
por los que deba responder, pero en sí el Tribunal no deriva un coste.
Las Comunidades de Regantes y el paisaje de regadío, manifiesto de un
paisaje fértil de la zona de huerta propiamente dicho, hacen del Tribunal de
las Aguas una institución reconocida y valorada por sus peculiaridades [3],
siendo un signo de identidad del pueblo valenciano.
El procedimiento de reunión del Tribunal también ha sido mantenido a
lo largo de los años: todos los jueves, a las 12.00, en la Puerta de los
Apóstoles de la Catedral de Valencia, la antigua Mezquita mayor de la
ciudad, se reúne el Tribunal, previamente constituido en la Casa-Vestuario,
que se encuentra frente a dicha Puerta. Está compuesto por los Síndicos de
las ocho acequias del río Turia, en su margen derecha e izquierda, elegidos
de forma democrática dentro de cada Comunidad de Regantes. El requisito
es que sean labradores, propietarios y cultivadores directos de las tierras. Su
elección también tiene un componente moral y cultural, ya que son valores
que debe reunir para ser Síndico, lo que representa el carácter de auctoritas
del Tribunal.
La protección legal del Tribunal de las Aguas de la
Vega de Valencia
La protección legal que se concede a la institución milenaria se encuentra en
las siguientes normas jurídicas:
1.
La Constitución Española de 1978 (BOE núm. 311, de 29 de diciembre
de 1978), en su art. 125, indica que: «Los ciudadanos podrán ejercer la
acción popular y participar en la Administración de Justicia mediante la
institución del Jurado, en la forma y con respecto a aquellos procesos
penales que la ley determine, así como en los Tribunales consuetudinarios
y tradicionales». La referencia a tribunales consuetudinarios y tradicionales
incluiría el Tribunal de las Aguas de la Vega de Valencia y al Consejo de
Hombres Buenos de Murcia, tras la Ley Orgánica 13/1999, de 14 de mayo,